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INFORMACIÓN PARA PERSONAS PROCEDENTES DE UCRANIA

¿QUÉ TENGO QUE HACER CUANDO LLEGUE A ESPAÑA? NECESITO ALOJAMIENTO

Si necesitas apoyo en búsqueda de alojamiento, puedes solicitar la entrada en el Sistema de Acogida de Solicitantes de Protección, si cumples los siguientes requisitos: 


  • Ser nacional ucraniano o persona extranjera con residencia permanente en Ucrania que se ha visto desplazada de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha 

  • Ser nacional ucraniano o persona extranjera con residencia permanente en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país 

  • Carecer de medios económicos y cumplir el resto de requisitos del Sistema de Acogida 

  • Solicitar lo antes posible y como plazo máximo 3 meses protección internacional o protección temporal, y por tanto, estar documentado como tal (documento de manifiesto de voluntad de solicitud de protección internacional, documento de solicitante de protección internacional o documento de beneficiario de protección temporal) 

¿DÓNDE ACUDIR?

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CEAR

Andalucía (Málaga, Sevilla, Cádiz); Euskadi y Canarias (Gran Canaria y Tenerife)

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ACCEM

Andalucía (Córdoba); Castilla La Mancha; Castilla y León; Murcia; Asturias; Extremadura, Aragón y Galicia.

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CRUZ ROJA

Andalucía (Almería, Granada y Huelva); Baleares; Cantabria; Cataluña; La Rioja; Madrid, Navarra y Comunidad Valenciana.

PROTECCIÓN TEMPORAL

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR PROTECCIÓN TEMPORAL?:

  • Nacionales ucranianos y sus familiares* que salieron de Ucrania a partir del 24.2.2022 

  • Nacionales ucranianos y sus familiares* que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania. 

  • Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes 

del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania. 

  • Refugiados y beneficiarios de protección internacional en Ucrania y sus familiares* que salieron de Ucrania a partir del 24.2.2022 

  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región. 


* Se entiende por familiares: 


  1. al cónyuge o su pareja de hecho; 


  1. a sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados; 


  1. a otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos. 

¿CÓMO Y DÓNDE SOLICITAR PROTECCIÓN TEMPORAL?

  1. Mediante comparecencia personal ante la Policía Nacional en:

  • Los Centros de Acogida, Recepción y Derivación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Pide cita llamando al 91 047 44 44. 

  • Comisarías de policía habilitadas al efecto. 


  1. El mismo día de la solicitud se expedirá un resguardo acreditativo de la solicitud de Protección Temporal que autoriza a permanecer en España y recibir las ayudas sociales correspondientes 

  1. En un plazo de 24 horas el Ministerio del Interior resolverá la solicitud y se notificará por medios electrónicos, correo postal o comparecencia personal y, en última instancia, el Boletín Oficial del Estado. 

¿QUÉ DERECHOS TIENES CON LA PROTECCIÓN TEMPORAL?

  • Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena de un año de duración, prorrogable otros dos. 

  • Acceso a la educación, formación profesional. 

  • Ayuda social y alojamiento adecuado. 

  • Atención médica. 

SI YA ESTABAS EN ESPAÑA

Aunque lleves en España cierto tiempo, el Gobierno español ha ampliado la Protección Temporal a toda persona ucraniana, en situación de estancia o en situación irregular en España, que no pueda regresar a su país como consecuencia del conflicto armado. 


En el caso de aquellas personas que hayan sufrido una persecución individual a las que se les haya denegado la protección internacional, pueden solicitar Protección Temporal o volver a solicitar Protección Internacional en caso necesario, dado que ha habido un cambio de circunstancias en Ucrania que justifican el riesgo en caso de retorno. 

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